¡YA TENEMOS LEY!

LEY DE UNIVERSIDADES POPULARES DE CANARIAS

El pasado miércoles día 26 de noviembre se aprobó, por unanimidad, en el Parlamento de Canarias la Ley de Universidades Populares de Canarias. En una sesión plenaria, y contando con el acuerdo de todos los grupos parlamentarios, la Comunidad Autónoma de Canarias se pone a la cabeza del Estado en materia de Educación de Personas Adultas. El Parlamento ha decidido aplicar las orientaciones de la OCDE, el Consejo de Europa, la UNESCO y la Unión Europea sobre el nuevo paradigma que rige hoy en campo de la educación: lo que se conoce como el Aprendizaje a lo Largo de la Vida (ALV), que, según Bélanger (director del Instituto de la UNESCO para el ALV), significa que el centro de gravedad se desplaza, definitivamente, de la educación inicial a la continua.

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Tal como se dice en el preámbulo de la ley, “Las Universidades Populares son entidades que aparecen en Europa a finales del siglo XIX y en España a principios del siglo XX, con objetivos culturales, formativos y sociales, y que aún hoy día continúan siendo un instrumento para el aprendizaje, la participación y el desarrollo cultural de la sociedad, principalmente para la población adulta y con el objetivo de llevar la cultura y la educación a las clases populares con el impulso de personas de la talla de Vicente Blasco Ibáñez, Antonio Machado, Wenceslao Fernández Flórez, María de Maeztu, Margarita Nelken, Elena Fortún o Miguel Hernández”.

En el caso de Canarias, se trata de una iniciativa promovida por la Asociación Canaria de Universidades Populares (ACUP) como el mejor recurso para garantizar el desarrollo cultural que promueven las Universidades Populares en municipios de Canarias, asegurando así la viabilidad y flexibilidad de sus actuaciones en un contexto normativo adecuado a las necesidades y demandas de los Ayuntamientos, y en algunos casos, de los Cabildos. Para ello se ha previsto que la ACUP se constituya como fundación canaria.

En el artículo 1 de la ley se precisa su objeto y ámbito de aplicación. Por una parte, se trata de regular en la Comunidad Autónoma de Canarias la creación, desarrollo, seguimiento, evaluación y financiación de las Universidades Populares, como proyectos formativos y culturales de carácter municipal en materia de Educación de Personas Adultas y en el marco del Aprendizaje a lo Largo de la Vida. Y por otra, queda claro que la ley se refiere a la educación no reglada, no formal y el aprendizaje en contextos informales; un sector de la educación que ha experimentado un crecimiento exponencial en las últimas décadas y respecto del que cada vez vamos teniendo más información sobre su impacto personal, social y económico.

Desde este doble punto de vista, la ley sienta las bases que dan seguridad jurídica a los ayuntamientos y Cabildos para la creación de las Universidades Populares estableciendo lo siguiente: en primer lugar, que los ayuntamientos tienen competencia para la creación y gestión de las Universidades Populares; para ello, se faculta a las corporaciones locales para establecer acuerdos con la futura fundación que cree la ACUP en orden a optimizar su desarrollo en el ámbito municipal; en tercer lugar, se dispone que en la ley de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias se establezca anualmente una asignación económica para el fomento y desarrollo de las Universidades Populares de Canarias; y no menos importante es el mandato de la ley para que la consejería competente en materia de educación integre a las Universidades Populares en la red pública de Educación de Personas Adultas de Canarias.

Las aportaciones de los historiadores de la educación pueden ayudarnos a entender lo que han sido y siguen siendo las Universidades Populares. Teniendo en cuenta su historia en el mundo, su recorrido en España y su desarrollo en Canarias (sobre todo a partir de la restauración democrática de 1978), la ley que se ha aprobado en el Parlamento de Canarias está claramente justificada si tenemos en cuenta las señas de identidad de lo que representan las Universidades Populares:

1) Se trata de un proyecto de animación sociocultural, entendiendo por ello el conjunto de actividades culturales y formativas que, partiendo de un diagnóstico de la realidad municipal, promueve la formación, la participación y el desarrollo comunitario de la ciudadanía.

2) Su contexto territorial es el municipio, toda vez que las ofertas y servicios se concretan en actuaciones que tienen en cuenta el marco cultural, histórico, social y económico de cada municipio, considerado como el nivel de la Administración más próximo y cercano al ciudadano; dejando a salvo, en todo caso, la posibilidad de acuerdos con los Cabildos en algunas islas.

3) Su ámbito de actuación es la formación de personas adultas, de carácter no formal e informal que, basada en el aprendizaje permanente, responde a la doble motivación que suelen tener las personas adultas para formarse: continuar aprendiendo a lo largo de la vida y aprovechar las oportunidades de aprendizaje para mejorar las relaciones sociales.

4) Fruto del acuerdo entre la futura fundación y los ayuntamientos y algunos Cabildos, la cultura se sitúa en el centro de la escena municipal, garantizando así con mayor calidad el bien común, el desarrollo, la igualdad de oportunidades, la participación y la convivencia democrática.

5) Su finalidad es mejorar la calidad de vida de las personas y sus comunidades, poniendo de manifiesto la estrecha relación y unidad entre desarrollo personal y comunitario, que alude a un tipo de vida en la que resultan inseparables el bienestar físico, mental y social.

Nos felicitamos, pues, por el acuerdo que ha tenido lugar en el Parlamento de Canarias. Un pacto que han suscrito todos los grupos parlamentarios y que implica a todas las instituciones del archipiélago sobre una ley que, en el fondo, trata de hacer viable y llevar a la práctica el derecho de todos los ciudadanos a la educación a lo largo de la vida. Un derecho a la educación y la cultura cuya aplicación dotará a las personas de las competencias y herramientas para entender los desafíos y problemas del mundo actual con amenazas que se ciernen sobre la libertad, la verdad y la democracia. Es lo que se hace en las Universidades Populares poniendo el conocimiento, la ciencia y la cultura al alcance de todos los ciudadanos de los municipios canarios para aprender juntos y ejercer una ciudadanía activa y comunitaria.

Ley de Universidades Populares de Canarias

“LEY 8/2025, de 16 de diciembre, de Universidades Populares de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 47.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 8/2025, de 16 de diciembre, de Universidades Populares de Canarias”.

Ver BOC. del 23 de diciembre de 2025

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